El Servicio de Impuestos Nacionales-SIN ha publicado el día de hoy la Resolución Normativa de Directorio No. 102000000017 de fecha 21 de julio, donde, la misma parece mas un cambio de nombre al Sistema de Facturación Electrónica que fue abrogada, pero, la presente tiene el objeto de modificar e incorporar algunos aspectos en la RND-10-0021-16 de 01 de julio 2016 llamada el Sistema de Facturación Virtual- SFV.
En resumen se estaría poniendo un parche al vigente SFV para que se incorpore la Facturación en Linea, cosa que es muy interesante y que conlleva muchos beneficios en cuanto se refiere a avance tecnológico, más aun en tiempos de pandémia donde lo digital o en línea se ha puesto de moda.
La factura, nota fiscal o documento equivalente SERÁ VÁLIDA para respaldar el IVA, RC-IVA e IUE siempre que cumpla con lo siguiente:
- SEA ORIGINAL ya sea de las modalidades manual, computarizada o prevalorada o un documento DIGITAL registrado en la base de datos del SIN.
- ESTAR VINCULADA con la actividad gravada o la actividad que desarrolla su empresa o negocio.
- DEBE ESTAR A NOMBRE DEL TITULAR DEL NIT, se debe acreditar la correspondencia de titular, consignando en la factura el nombre o razón social y numero de NIT o CI o lo que corresponda.
- ACREDITAR EL IMPORTE DE LA OPERACIÓN, quiere decir que el importe de la factura debe estar anotada en la misma de forma clara y expresa.
- Debe tener FECHA DE EMISIÓN consignada dentro del periodo que se declara el impuesto o lo que corresponda según la Ley 843.
- No presentar TACHADURAS O ENMIENDAS que afecten la legibilidad de los datos de la factura.
- Se debe contar con el respaldo del DOCUMENTO DE PAGO para acreditar la transacción y de forma obligatoria cuando se tenga transacciones superiores a Bs50.000.
- Se debe DEMOSTRAR LA EFECTIVA REALIZACIÓN del hecho económico, lo cual, quiere decir de que la transacción haya ocurrido y se pueda demostrar mediante los registros contables. Lo cual no quiere decir que con tan solo tener Libro Diario esta listo, sino que, estos libros contables deben cumplir con requerimientos y firmas de profesionales autorizados, tal como lo impole el Código de Comercio y Reglamentos.
Pierdo mi crédito fiscal si la factura que me dieron contiene errores?
No, y es mas la factura para el comprador es plenamente válida incluso para devengar como gasto deducible para el IUE, sin embargo, eso no quiere decir que la Administración Tributaria establezca sanciones o verificaciones al vendedor o emisor de dicha factura.
Estoy obligado a emitir factura cuando llevo algunos efectos personales o muestras al exterior?
No, los menajes domésticos o enseres personales no se facturan, así como las muestras que se envían y por lo tanto tampoco serán aplicables para la Devolución de Impositiva.
Que debo hacer si mi cliente del exterior me devuelve la mercadería de exportación?
Se debe anular la factura y notificar a la AT por los medios establecidos para tal efecto.
Se deben emitir facturas para turistas con o sin Programas de Operadores de Turismo-POT?
Si en ambos casos deben emitirse las facturas con la siguiente aclaración
- Con POT registrar el número de NIT del Operador de Turismo y el Nombre y apellidos del Turista.
- Sin POT registrar con el nombre y apellidos del turista y el pasaporte en el campo de NIT y Operador de Turismo.
En ambos casos se debe respaldar la factura con una fotocopia del documento de identificación o pasaporte.
Cual es el nuevo plazo para rectificar el envío del Libro de compras y ventas LCV?
90 días a partir de la fecha de vencimiento. Asimismo, en caso de haber rectificado la declaración del IVA o formulario 200 se tiene 15 días posteriores a la rectificación para volver a enviar el LCV.
Cuales son los deberes formales del Sujeto Pasivo o Tercero Responsables o Contribuyente?
Son muchas por supuesto y las enumeramos:
- Imprimir facturas, notas fiscales o documentos equivalentes en imprentas autorizadas y cumpliendo las especificaciones de la presente normativa.
- Activar la dosificación de las facturas por parte de las imprentas, justamente para evitar clonaciones o reimpresiones de los mismo.
- Emitir facturas dentro de la fecha límite de emisión
- Emitir facturas cumpliendo aspectos técnicos y con los datos correctos.
- Dosificar facturas individuales cuando el contribuyente tiene 3 o mas actividades o cuando tiene característica especiales.
- Emitir facturas solo en la modalidad de facturación a la que fue asignado.
- Reportar la anulación, inutilización, perdida de facturas a través del SFV hasta la fecha de vencimiento del NIT en las modalidades de oficina virtual, electronica web y electronica por ciclos.
- Tener en el negocio o empresa el talonario de facturas o modalidad de facturación que utilice.
- Contar con la Resolución de Autorización para espectáculos públicos.
- Enviar el libro de compras y ventas mensual o anual según corresponda.
- Enviar los libros de compras y ventas dentro del plazo establecido.
- Enviar los libros de compras y ventas en plazo establecido cuando se realiza rectificaciones.
- Registrar diariamente y conservar en el negocio el libro de ventas menores del día cuando corresponda, lo cual quiere decir, cuando se tengan precios menores o iguales a Bs5.
- Emitir facturas cumpliendo los formatos y aspectos técnicos establecidos para la facturación virtual o facturación en linea.
- Enviar la factura de las nuevas modalidades de facturación en linea en los plazos establecidos al comprador.
- Mantener un registro de eventos significativos en los plazos, forma y condiciones establecidas, esto se refiere a la parte informática.
- Anular facturas en los plazos, forma y condiciones establecidas (10 días siguientes de finalizado el periodo o 180 en caso de exportaciones, todo esto en las nuevas modalidades de facturación en linea).
- Informar cualquier modificación que haya sufrido el sistema de facturación que utilizamos, ya sea propio o de algún proveedor.
Cuál es la definición de comercio electrónico según el SIN?
Transacción comercial de compra/venta de bienes o prestación de servicios, realizadas plenamente a través de internet, plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas u otros medios electrónicos o digitales.
Cuando nos dice plenamente no quiere decir que el producto que yo adquirí va aparecer por arte de magia, es imposible aún, siempre habrá la intervención de alguien que traiga la mercadería al cliente o comprador, pero, sí vamos a considerar como comercio electrónico a la operación de realizar la búsqueda del bien o servicio, realizar consultas, pagar todo por medio del internet.
Cuáles son las nuevas modalidades de facturación que se incorporan?
En esta normativa parche se están incorporando nuevas modalidades como:
Electrónica en línea
Es un sistema de facturación propio o de un proveedor pero que debe tener su firma digital, además su uso esta condicionado a una autorización por parte de la AT.
Computarizada en línea
Es un sistema propio, de un proveedor de sistemas o del SIN cuyo uso es de responsabilidad del contribuyente y se caracteriza por utilizar credenciales autorizadas por la AT.
Portal Web en línea
Es el clon de la modalidad de facturación por la oficina virtual.
Las facturas emitidas en línea o digitales tienen validez?
siempre y cuando la factura se encuentre en la base de datos del SIN tiene toda validez provatoria.
Las facturas digitales deben ser impresas?
No, no es necesario su impresión pero siempre y cuando se lo requiera se lo puede imprimir con la siguiente leyenda "Este documento es una impresión de un Documento Digital emitido en una modalidad de facturación en línea".
Que es la reversión de facturas anuladas?
Es el procedimiento permitido por una sola vez para volver activar una factura que se haya anulado.
Se debe enviar los Libros de compras y ventas?
En los casos de que uno tenga facturas emitidas en las modalidades de facturación en linea no es necesario el envío pero si se tiene facturas de las modalidades anteriores es necesario el envío solo de esa información. Considerando que las facturas de éstas nuevas modalidades ya estan en la base de datos del SIN al momento de la emisión de la factura.
Puedo acceder a reportes de facturas de compras o de ventas en el portar del SIN?
Esto es lo que personalmente estaba esperando, espero que se dé, porque ahora podremos ver todas nuestras facturas que nos han emitido o que nosotros hayamos emitido y no solo eso, también podemos generar reportes.
Pero donde todo parece bueno, también esta el riesgo, para aquellos contribuyentes que no declaran todas sus operaciones, pues ellos deberán tener cuidado al momento facturar a su nombre o NIT (hay que tener muy bien separado lo que es la actividad de nuestro negocio y lo que es nuestros gastos personales, mas que todo para empresas unipersonales). Pues para el SIN esto es una herramienta muy eficaz para iniciar procesos de fiscalización.
Es obligatorio el uso o implementación de éstas nuevas modalidades de facturación?
No, pero el SIN se reserva el derecho de imponer la obligación a ciertos sectores a partir de la gestión 2021, considerando, la importancia fiscal, actividad económica u otros factores que ellos vean convenientes, pero, será comunicado mediante una RND.
Sin embargo, personalmente creo que esta modalidad es lo que se esperaba porque en tiempos de pandémia muchos sufrímos tratando de conseguir imprentas porque ya no teníamos facturas manuales y comprar un sistema de facturación no va con el presupuesto que tenemos, y obviamente estas modalidades sonde el SIN dota del sistema de facturación es una ayuda y un avance tecnológico.
Gracias por la información, me fue de mucha utilidad!!!
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